El compromiso se construye entre deportistas, familias y entrenadores.
Normas de convivencia, seguridad y organización de Club Deportivo ENTER para Moralzarzal y Parla, aprobadas por el club el 6 de septiembre de 2026. Desarrollan compromisos internos y respetan los derechos legales de deportistas y familias.
Documento informativo. Actualizado el 6 de septiembre de 2026.
Respeto y convivencia
Tratar con respeto a compañeros, familias, personal técnico, jueces y rivales. No se permiten insultos, acoso, amenazas, discriminación, humillaciones ni represalias. Las discrepancias se plantearán por un canal adecuado, sin descalificaciones públicas ni exposición de menores.
Asistencia y seguridad
Asistir con puntualidad y avisar de las ausencias tan pronto como sea posible. Seguir las indicaciones técnicas razonables, cuidar el material y no realizar figuras, ayudas o acrobacias sin supervisión y autorización.
Comunicar dolor, lesión o malestar y detener la actividad cuando exista riesgo. La ropa, el cabello y los accesorios deben permitir entrenar con seguridad. La exigencia deportiva nunca justifica ignorar una lesión ni utilizar ejercicio físico como castigo humillante.
Responsabilidad de las familias
Facilitar datos de contacto y autorizaciones necesarios y mantenerlos actualizados; respetar los horarios y las personas autorizadas para la recogida. Apoyar al deportista sin comparaciones, amenazas ni presión excesiva.
Respetar el trabajo técnico y solicitar una conversación cuando haya dudas. Informar de limitaciones relevantes para la seguridad mediante un canal reservado. No grabar ni difundir imágenes identificables de otros menores sin la autorización que corresponda.
Compromiso del equipo de competición
La gimnasia acrobática se entrena y compite en parejas o grupos: una ausencia puede afectar a la preparación y seguridad de otras personas. Antes de incorporarse al equipo se acordará por escrito el programa de entrenamiento, calendario orientativo, criterios de convocatoria y costes previstos.
Deportistas y representantes legales se comprometerán a la asistencia regular y a las competiciones expresamente aceptadas, avisando con antelación de incompatibilidades y colaborando para reorganizar el equipo. Enfermedad, lesión, necesidades educativas relevantes o circunstancias familiares justificadas se valorarán individualmente.
La disponibilidad no equivale a garantizar una convocatoria, posición o resultado. Las decisiones técnicas deben apoyarse en preparación, seguridad, requisitos federativos y necesidades del conjunto, con explicación respetuosa. No se exigirá entrenar lesionado, abandonar los estudios ni permanecer en el club contra la voluntad del deportista.
Un compromiso también del club
Comunicar el programa y sus cambios con la mayor antelación posible; informar de gastos antes de asumir compromisos económicos y solicitar las autorizaciones necesarias. Escuchar al deportista y a su familia, y revisar la carga y los objetivos cuando cambien sus circunstancias.
Una ausencia no genera por sí sola una multa, indemnización automática o pérdida de derechos. Las cuotas, bajas y devoluciones se rigen por las condiciones de contratación y la ley. No se añaden penalizaciones económicas mediante este reglamento.
Cambios de grupo y salida del equipo
Ante ausencias reiteradas no justificadas se hablará con la familia y se estudiará un plan realista. Podrá proponerse un cambio de grupo por razones objetivas de seguridad u organización, comunicando los motivos y escuchando a la persona afectada.
El compromiso deportivo no sustituye el procedimiento de baja ordinaria ni el desistimiento legal. No implica cancelar automáticamente una licencia. No se exigirán derechos de formación o retención por deportistas menores de dieciséis años, conforme al artículo 9 de la Ley 15/1994.
Incidencias y garantías
Las medidas de convivencia deben ser educativas, proporcionadas y adaptadas a la edad. Ante un riesgo inmediato se puede interrumpir una actividad para proteger a las personas; esto no equivale a una sanción definitiva.
Antes de una decisión disciplinaria se comunicarán los hechos y las normas aplicables, se permitirá formular alegaciones y se escuchará al menor y a sus representantes. Resolverá el órgano competente e imparcial, de forma motivada, indicando las vías de revisión. Las sanciones solo podrán ser las previstas válidamente en los Estatutos y el reglamento aprobado.
No se impondrán castigos colectivos, humillaciones, represalias por denunciar o expulsiones automáticas. La comunicación a las autoridades por posible violencia no debe esperar al procedimiento interno.
Aprobación y constancia
El club confirma la aprobación de estas normas el 6 de septiembre de 2026. Debe conservar la constancia del acuerdo y comunicar la versión aplicable a deportistas y familias. El órgano competente y los plazos de alegaciones y revisión serán los establecidos en los Estatutos y se indicarán en cada comunicación individual. La publicación no modifica retroactivamente contratos ni sustituye las aceptaciones expresas que sean necesarias.
